Publicado el por Qamaqi | Diseño
El Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios o comúnmente llamado Certificado de Parámetros, es el documento que
es emitido por La Municipalidad y regula ciertas características de la Edificación en función del plan urbanístico que
tiene la Municipalidad para su distrito.
Se tramita en La Municipalidad y tiene que ser solicitado para cada lote o vivienda en particular, ya que pueden variar de un área
a otra.
Si uno desea iniciar a construir debe de solicitar este documento para saber qué permite la Municipalidad construir.
Si uno no construye de acuerdo a lo indicado en el certificado de parámetros su obra puede ser multada y/o paralizada.
• Cantidad máxima de pisos permitidos.
• Los estacionamientos necesarios.
• El área libre de la edificación.
• El retiro reglamentario.
• El tipo de uso que puede tener la edificación.
• La cantidad de habitantes por edificio.
La altura máxima o el límite de pisos permitidos de construir con regulados por el Certificado de Parámetros Urbanísticos.
En algunas calles, indican máximo 3 pisos + azotea.
Mientras que en avenidas, la cantidad máxima de pisos podría llegar a 8 pisos o más.
Este parámetro es regulado para evitar tener edificios en calles angostas, lo cual perjudicaría a la iluminación de casas
de menor altura.
De igual forma, permite construir una mayor altura si uno tiene calles o avenidas más anchas.
Los estacioamientos mínimos que debe tener una edificación son establecidos por el Certificado de Parámetros Urbanísticos.
Si uno tiene un edificio con muchos pisos, entonces va a necesitar más estacionamientos, ya que se entiende que mientras más personas vivan,
entonces más personas con posibilidad de tener vehículos habrá.
En algunos lugares podría indicar 0.5 estacionamientos por cada vivienda, esto significa que si se tiene una edificación de
4 pisos con 1 departamento por piso, entonces se necesitaría 2 estacionamientos en total para la edificación.
En calles angostas, este parámetro podría variar, de igual forma que en avenidas grandes.
Es importante considerar esta regulación, ya que impactará en cómo se distribuirá el primer piso o si necesitará un sótano para
estacionamientos.
El área libre mínima es establecida por el Certificado de Parámetros Urbanísticos.
El área libre se refiere al área que no está techada, puede ser ocupada por ductos o tragaluz, patios, estacionamientos sin techar, retiro municipal
desde la fachada, etc. Básicamente es toda aquella área que no tiene un techo de concreto o metálico.
Un valor general de es 30% de área libre, esto quiere decir que solo se puede techar el 70% del área del terreno.
Por ejemplo si mi terreno tiene 200 m2, entonces solo podría techar 140 m2 y el área destinada a patios o ductos sería de
60 m2.
Este valor es regulado para garantizar a las viviendas de iluminación y ventilación suficientes, de manera que mejore la
habitabilidad de la edificación.
En zonas comerciales o edificios destinados para comercio, este valor puede ser 0%, es decir, se puede techar todo el área del terreno,
ya que se entiende que la edificación tendrá otro uso y las personas no vivirán ahí.
Si construyes sin cumplir el Certificado de Parámetros, podrías tener paralizaciones en obra, con una consecuente multa. Además, podrías tener problemas para independizar tu edificación, colocándose cargas técnicas en la Partida Registral del inmueble.
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